Los empresarios a los trabajadores
PODRAN EXIGIR JUSTIFICANTE DE HABER VOTADO
El permiso no podrá exceder de cuatro horas
MADRID. (PUEBLO ) — El Ministerio de Trabajo ha dispuesto las medidas necesarias para que el
personal laboral pueda participar en las elecciones generales del próximo día 15 o pueda actuar cómo
interventor en las mesas electorales, según una orden de dicho Ministerio remitida al «Boletín Oficial del
Estado» para su publicación.
El tiempo preciso para que los trabajadores puedan votar será retribuido por las empresas, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 25, tres, de la ley de Relaciones Laborales, en el que se establece qué el
trabajador podrá ausentarse del trabajo, entre otros motivos, «por el tiempo indispensable para ef cumpli-
miento de un deber inexcusable de ca-rácter público y personal».
Los delegados provinciales de trabajo, de acuerdo con los gobernadores civiles, adoptarán las
disposiciones convenientes respecto al horario laboral de dicho día 15 y de las horas libres de que puedan
disponer para la votación los trabajadores. Este, no deberá exceder de cuatro, pudiendo los empresarios
pedir a dichos trabajadores la exhibición de justificante expedido por la correspondiente, mesa electoral.
Asimismo, se concederá el permiso correspondiente a los trabajadores que acrediten su condición de
miembros de mesas electorales o de interventores; cuya jornada completa será retribuida por las
empresas, una vez justificada su actuación como tales.