CRITERIO PERSONAL
BARRERA ELECTORAL ANTE LOS PARTIDOS MENORES
LA ley de Reforma Política, que va a someterse a re´eréndum, dispone en el primer punto de su primera
disposición transitoria que «se aplicarán dispositivos correctores para evitar la excesiva fragmentación de
la Cámara, a cuyo efecto se fijarán los porcentajes mínimos de sufragio para acceder al Congreso».
Tropezamos, pues, con la discutida barrera, tan debatida ya en la mesa preparatoria del I Congreso de
CITEP sobre «ley electoral y consecuencias políticas», semanas antes de que las Cortes Españolas
aprobasen la ley de Reforma Política.
En aquella reunión preludia! señalábamos, entre la eutrapelia de los concurrentes, que la primera barrera
venía dada por e) propio número de futuros diputados, acerca de los cuales ya determinaba et
anteproyecto de ley que solamente serían trescientos cincuenta, cifra que las Cortes confirmaron después.
Ese número impedía —aún en el caso de que existiera un cómputo nacional único, en et que España
entera constituyese una sola circunscripción electoral— que pudieran acceder al Congreso de Diputados
más de trescientos cincuenta partidos. Y como en estos momentos, en la sopa de siglas que estamos
deglutiendo, la marca de organizaciones políticas ha rebasado ya la cifra de cuatrocientos cincuenta,
quedarían sin posibilidades de ascender por la escalinata, flanqueada por los leones del Cid y de Don
Quijote (ateniéndonos a la inventiva de don Miguel de Unamu-no), más de cien partidos.
En verdad, no sabemos hasta qué grado esa imposibilidad de acceso a la carrera de San Jerónimo resulta
democrática. En pura democracia, ¿por qué no ha de tener la misma posibilidad de estar representado en
el Congreso nuestro querido maestro An-xelo Novo, quien, con su patrono, un par de primos y Jas
esposas de éstos constituyen un partido muy flamante, que la Alianza Popular, con sus seis ex Ministros y
medio, o que los llamados «cuatro grandes» de ía oposición profesionalizada? Mas, para obtener escaños
en el Congreso será condición imprescindible conseguir una fortísima votación popular, y eso
dejará, sin duda, fuera de la Cámara no sólo a las cien siglas excedentes, sino también, cuando menos, a
tres centenares mas.
Ya que es de suponer que los partidos más impar tantes no se limiten a lograr un solo escaño, puesto que
obtendrán veinticinco, cincuenta o acaso cien asientos en el Congreso; lo cual reducirá inevitable^ mente,
en igual medida, la posible participación de otros tantos partidos o siglas menores, que quedarían sin
ninguna representación. Y si esto ocurriría en el caso —ya resuelto en contra— de que hubiera una sola
circunscripción que abarcase todo el ámbito del Estado español, figúrense lo que ocurrirá dentro de las
circunscripciones provinciales, donde las posibilidades se. limitarían a cuarenta y tantas opciones, como
máximo, en Msadrid y Barcelona, y a menos de diez en la mayoría; de las restantes provincias españolas.
Pues hemos de pensar que las organizaciones políticas más poderosas, presentarán candidaturas en casi
todas las provincias, acaparando, seguramente, gran parte de las actas para diputados. Si bien esos gran
des partidos que se ¡extenderán con facilidad por unas cuarenta provincias, se encontrarán en algunos
países —particularmete en Cataluña, Vasconia y quizá Gali cía— con la dificultad que significa la tacha
de «su cursalistas» a sus candidatos en esas provincias. Poco tendrán que hacer, singularmente en el
antiguo Principado, quienes se presenten como miembros de partidos que tengan su centro en Madrid.
Por ello, sólo en tales regiones periféricas existirá la probabilidad, muy acentuada, de que las
organizaciones que carezcan dé considerable fuerza electoral en toda España consigan hacerse presentes
en la Cámara de Diputados. Esto en caso de que la barrera supletoria, legalmente establecida, la de «los
porcentajes mínimos de sufragio para acceder al Congreso», no obstaculice a esos partidos regionales, o
nacionales, como ellos dicen. Pero abordar esta cuestión lo dejaremos para nuestro próximo artícuío.
Raimundo LOZANO