LAS CENTRALES ANTE LAS ELECCIONES SINDICALES
LA MAYORÍA, POR LISTAS ABIERTAS
DENTRO de las inevitables etapas que han de cubrirse para la configuración en España de un régimen
auténticamente democrático, Jas elecciones sindicales, además de ser una de ellas, parece de las más
inminentes. Ante este hecho, INFORMACIONES POLÍTICAS ha querido presentar a sus lectores la
opinión que, sobre la normativa que regirá estas elecciones, tienen las centrales sindicales más
representativas y que coinciden en que estas elecciones sindicales deben llevarse a cabo.
COMISIONES OBRERAS
Comisiones Obreras plantea la necesidad urgente de fijar una fecha lo más inmediata posible para la
celebración de las elecciones. Su celebración se habría de celebrar siempre con tiempo suficiente para la
presentación de candidaturas, impugnaciones, etc. Respecto a la fórmula propuesta para las elecciones
sindicales, y considerando la tradición unitaria de los trabajadores en los últimos años, CC. OO. Plantea la
constitución de un convenio unitario tanto con las otras centrales como con los trabajadores
independientes de cada centro de trabajo. En cuanto al tipo de sistema electoral a emplear, CC. OO. aboga
por la presentación de listas abiertas que permita a los trabajadores votar a cualquier tipo de candidato y
que esas elecciones sean a comité de empresa (o comités de delegados), cuya función sea la de negociar
las relaciones laborales con la empresa dentro de un sistema proporcional. El comité de empresa debe ser
el órgano representativo de los trabajadores, con independencia de que pertenezcan a las centrales sin-
dicales o no.
CONFEDERACIÓN SINDICAL UNITARIA DE TRABAJADORES
1. Todos los trabajadores eligen y son elegibles para delegados en cada comité de empresa.
2. Pueden presentar candidatos tanto las centrales sindicales democráticas como los trabajadores
independientes.
3. Los candidatos se presentarán en listas abiertas.
4. Saldrán elegidos aquellos, trabajadores que obtengan mayoría simple de votos.
5. El comité de empresa es el órgano unitario para la representación y defensa de todos los trabajadores
de la empresa.
6. Las funciones del comité de empresa serán:
— La contratación colectiva.
— La elaboración y duración de la huelga.
— La actuación sindical ante la empresa.
—• Autoridad laboral, gubernativa y judicial.
SINDICATO UNITARIO
Consideramos más oportuno para la celebración de las elecciones sindicales el primer plazo que marcó el
Gobierno, que finalizaba el 15 de noviembre, y nos parece excesivo el tope del 15 de diciembre, fijado
actualmente. Si estas elecciones se convocasen inmediatamente, bastaría el plazo del 15 al 30 de
noviembre. Creemos que en algunas empresas no hará falta repetir las elecciones. Bastaría la mitad más
uno de los trabajadores para que se volviesen a realizar. Creemos también que estas elecciones deben
llevarse a cabo sin limitaciones ni a trabajadores eventuales ni a menores de dieciocho años, ni tampoco
limitar la presentación de candidaturas. Estimamos conveniente que el número de delegados a elegir debe
ser más amplio que el antiguo de jurados y enlaces, sobre todo en las empresas grandes. Nosotros propo-
nemos, a partir de 500 trabajadores, consejo de fábrica y comité. (El consejo más amplio y el comité más
reducido.) El sistema que proponemos es de listas abiertas y proporcional. Pro-pugn amos también
candidaturas unitarias, en el sentido de llegar a acuerdos entre varios sindicatos en torno a un programa
común. Pensamos que en las empresas pequeñas se puede conseguir una única candidatura de todos los
sindicatos. Nosotros propugnamos, sobre todo, libertad de reunión en la empresa durante toda la campaña
electoral, exigiendo como mínimo dos üoras por candidatura. Asimismo propugnamos garantías durante
un año para los candidatos, en previsión de posibles despidos. E igualmente somos partidarios de un
régimen de garantías para los delegados ya elegidos durante su mandato y por un tiempo igual después de
este mandato.
UNION GENERAL DE TRABAJADORES
Estas primeras elecciones a comité de empresa a las que por primera vez se presentan las centrales
sindicales en una situación de legalidad, son totalmente diferentes a las elecciones que propició el
sindicalismo vertical para elegir ´sus órganos en la empresa. Interesa, por tanto, en estas elecciones que el
trabajador no sólo conozca al candidato, sino también qué central sindical le respalda, para que se
conozca su ideología, su fuerza y sus vínculos a nivel internacional. En base a esto, proponemos las listas
cerrarás, no bloqueadas, con sistema proporcional, pudiendo presentar los candidatos las centrales
constituidas a nivel de todo el Estado o a nivel de nacionalidades, así como el 10 por 100 de los
trabajadores de las plantillas. En cuanto a la duración en el cargo de los delegados elegidos-,
proponemos que éstos lo sean por.-, dos años. La fecha de la celebración de estas elecciones es evidente
que se va a retrasar y es difícil que se celebren antes del mes de diciembre, pero es evidente que se ne-
cesita un plazo apropiado para su preparación y desarrollo preelectoral.
UNION SINDICAL OBRERA (Manuel Zaguirre)
Ante la próxima regulación de las elecciones sindicales por parte del Gobierno, la U.S.O. quiere ma-
nifestar que es partidaria de las elecciones del comité de empresa mediante listas abiertas, unitarias y por
cómputo mayoritario. La razón de nuestra postura se basa en que las elecciones no puedan convertirse en
un enfrentamiento entre los distintos sindicatos ni en un asunto en que los protagonistas sólo sean los
trabajadores afiliados, convirtiendo así a los trabajadores no afiliados en simples espectadores, ya que lo
que se pone en juego en dichas elecciones interesa a todos. Por esa misma razón, los comités de empresa
deben ser la expresión más exacta de la representatividad que exista en la empresa. La elección no debe
hacerse por categorías profesionales, como hasta ahora, sino que los elegidos deben representar
conjuntamente los intereses de todos los trabajadores, superando así las diferencias profesionales, que
sólo sirven para ser manejadas por los empresarios. Las elecciones deben realizarse mediante voto
secreto, en el que cada trabajador designe libremente a los compañeros que él considere más
representativos y que mejor pueden defender los intereses comunes. Es necesaria la estabilidad de los
miembros del comité para llevar una labor continuada. La renovación de sus miembros cada dos años
puede" ser un tiempo adecuado para la representación de los miembros del comité, que deben estar
siempre sometidos a quienes los han elegido, es decir, a los trabajadores, los cuales, podrán revocar a los
representantes mediante voto secreto, y previa información y debate de los motivos de la revocación.
UNION SINDICAL OBRERA (José María Zufiaur)
U.S.O. es partidaria de que las centrales sindicales presentes en la empresa, sin ningún tipo de limitación,
o el 10 por 100 de los trabajadores déla plantilla, puedan presentar listas de candidatos, en las que se
puedan incluir los trabajadores afiliados y no afiliados. Los electores podrán votar la lista que consideren
más representativa, teniendo opción a eliminar de ésta a aquel o a aquellos candidatos a los que no
consideren oportuno otorgarles su representación. Los puestos a cubrir en el comité de empresa se
efectuará pro-porcionalmente al número de votos que obtenga cada lista y dentro de ésta se cubrirán por
los candidatos que más votos obtuvieran. Esto es importante para asegurar la representación de los
elegidos y garantizar el proceso reivindicativo de los trabajadores. Por tanto, las listas habrían de tener,
además de las características apuntadas, la de que no sean bloqueadas y se voten por sistema
proporcional. Por otra parte, hay que destacar que la normativa debe ser suficientemente flexible para que
puedan existir alianzas electorales entre las propias centrales y los candidatos independientes, así como
para que permita la total operatividad de los trabajadores dentro de sus centros de trabajo. ´"En cuanto a la
duración de los delegados, nosotros proponemos que sea de dos años. Su revocabilidad ha de estar
prevista y se llevará a cabo si el 50 por 100 más uno de los trabajadores lo deciden. La aceleración de las
elecciones, retrasada por el Gobierno, ha de ser lo más urgente posible, pero con el tiempo suficiente para
que la normativa no sea una chapuza y exista un período preeleotoral suficientemente amplio.