lERCOLES, 5 DE ABRIL DE 1978. PAG.»
U.C. D. Y EL P. S. 0. E. NO DEBERÍAN ABUSAR DE SU PODER
LAMENTO que el título de este articulo sea un tanto desagradable, pero la verdad es que si Adolfo
Suárez y Felipe González no dan a última hora nuevas consignas a los senadores de sus respectivos
partidos (especialmente Suárez, .que, en la práctica, domina al Senado), el texto del proyecto de ley de
Elecciones Municipales, aprobado ya por el Congreso, será ratificado por la Cámara Alta y quedará con
ello consumado el atropello que amenaza destruir las libertades municipales (que es tanto como decir la
baee misma de la democracia) en beneficio de los dos grandes partidos. Veamos de qué se trata:
Usted, lector, estará seguramente convencido, lo mismo que yo, de que, como en la Europa occidental, los
vecinos de los pueblos y ciudades de España deberían poder elegir libremente a los concejales de sus
Ayuntamientos. Pues no. Usted y yo estamos en un error. Lo verdaderamente democrático y conveniente
para nuestros municipios es que quienes pretendan servir a su comunidad local como concejales se vean
obligados de hecho a presentarse a la elección como candidatos de U. C.D. o del P. S. O. E.
Mediante el proyecto de ley que estudia ahora el Senado parece como si el partido del Gobierno y el
mayor de la oposición pretendieran repartirse nuestros pueblos y ciudades dividiéndolos en sólo dos
bandos que acabarían odiándose a muerte El proyecto de ley está orientado justamente en la dirección
contraria a la que conviene a una política moderada, esto es, civilizada, en nuestros pueblos.
¿Qué es lo mejor para que éstos gocen de ese tipo de vida? Que la política de carácter nacional no Influya
en exceso en la municipal, que debe ser, por asi decirlo, menos política.
A usted, lector, y a mi nos es fácil comprender que en un determinado pueblo los vecinos se sientan
inclinados a votar para concejales a los candidatos más capacitados para ello —por unas circunstancias u
otras— y cuya hombría de bien les conste. El hecho de que concurran a la elección bajo las siglas de U.
C, D., del P. S. O. E., de A. P., del P. C. E., del P. L. P., o bien formando parte de una coalición de
algunos de esos partidos, no influirá en eI voto de muchos de los vecinos. Ello es lógico y conveniente.
En los pueblos se conocen unos a otros y las trayectorias personales cuentan tanto o más que las siglas de
los partidos.Pues bien, con arreglo al apartado 3 del articulo 15 del proyecto de ley que estoy
comentando, «las Asociaciónes políticas (léase «partidos») federadas o coaligadas en un Municipio NO
podrán presentar candidatos PROPIOS en otro Municipio de la misma provincia Ni participar en más de
una Federación o coalición de carácter provincial o nacional».
Ello quiere decir que si, por ejemplo, en un pueblo de una provincia gallega y en otro de una andaluza las
secciones locales del Partido A y del Partido B estuvieran convencidas de que lo mejor para esos pueblos
sería una coalición de ambos partidos para la elección de sus concejales, no la podrían constituir si, como
es lógico, esos partidos quisieran conservar su libertad para concurrir en solitario o formando parte de
otras coaliciones a las elecciones de otros municipios.
En resumen: Los partidos pequeños, medianos y grandes no podrán coaliarse {a pesar de que ello seria
conveniente en muchos pueblos) porque todos perderían la libertad de concurrir en solitario a las
elecciones en otros municipios.
La consecuencia será una nociva actitud, excluyendo de todo matiz, por parte de los hoy poderosos U. C.
D. y P. S.O.E, que concurrirán en solitario a las elecciones en todos los pueblos, no únicamente porque
así lo decidan —que está en su derecho—, sino porque en la práctica el texto de la ley impondrá esa
actitud • ellos y a los demás partidos.
La cosa carece de sentido. Cada municipio es y debe ser politicamente un mundo aparte. Desde un punto
de vista democrático es censurante que se coarte a sus vecinos la libertad de constituir cualesquiera
coaliciones por el hecho de que esas coaliciones u otras se hayan consumido o no en municipios
diferentes.
El texto del proyecto de ley arrolla a las minorías cuando la verdadera democracia consiste en respetarlas.
Por eso en esta ocasión mis razones coinciden con las que esgrimieron contra ese proyecto los diputados
de A. P. y del P. C. E. en la Comisión correspondiente del Congreso y con las expuestas en un magnifico
articulo en este mismo periódico por don Torcuato Fernández Miranda. Lo lamento, porque lo natural
seria que, por la tradición democrática de muchos miembros de U.C. D. y del P. S. O. E., los liberales
progresistas coincidieron con las lineas generales de lo que estos dos grandes partidos han decidido de
momento, con sus votos, en el Congreso.
Tengo la impresión de que muchos diputados no conocen aspectos de lo que han votado sencillamente
por disciplina. La atención se centró en el solo punto del procedimiento de elección de los alcaldes, y en
este extremo es evidente que la formula aprobada es menos mala que la del primitivo proyecto, aunque
continúe siendo una fórmula deplorable.
De ella y de otros aspectos asimismo censurables y contradictorios de este proyecto de ley me ocuparé en
un próximo artículo. Pienso, como es natural, que eI Senado debería modificar el texto recibido del
Congreso, porque ante las muchas enmiendas presentadas por el grupo parlamentario «Progresistas y
Socialistas Independientes» y por otros de la propia Cámara nada justifica que éste, con pleno
conocimiento del caso, ratifique fórmulas irritantes que no se estilan en Europa Por lo que Se refiere al
apartado 3 del articulo 15 que he transcrito, debe desaparecer de la ley, lisa y llanamente. — Joaquín
SATRUSTEGUI.